viernes, 20 de febrero de 2009

Ejercicio sobre la agricultura española del siglo XIX

Para ello:
1º Ojea el texto haciendo una lectura rápida en unos segundos para captar una primera visión de la estructura dey contenidos del documento.
2º Léetelo detenidamente intentando comprender todos los conceptos
3º Copia el texto y destaca en negrita los elementos más significativos de cada apartado. Cuélgalo de tu blog
Durante el siglo XIX en la agricultura española se desarrollaron dos procesos que modificaron notablemente las estructuras agrarias.

1.En la primera mitad del siglo XIX se produce la llamada revolución agraria, que tuvo como objetivo principal la sustitución del tipo de propiedad del antiguo régimen, caracterizado por la superposición de dominios y derechos sobre la tierra por la propiedad completa, libre e individual que preconizaba el liberalismo económico. Del contenido de este conjunto de reformas hay que destacar:
a. Los procesos de desamortización, que pusieron fin a la propiedad amortizada de la Iglesia (desamortización de Mendizábal, clero regular a partir de 1836 y secular desde 1841) y de los pueblos (desamortización de Madoz de 1855);
b. la supresión de los mayorazgos;
c. la supresión de los señoríos jurisdiccionales y la supresión de ciertas prácticas comunales agrarias, como la derrota de las mieses, que restringían la libre utilización de la tierra a la conveniencia del propietario.

2. El segundo proceso que transformó la agricultura española durante el siglo XIX fue la expansión agraria, entendida como una ampliación de la superficie cultivada, un incremento de la producción y el desarrollo de procesos de especialización productiva orientados hacia la exportación.

LA REVOLUCIÓN AGRARIA LIBERAL

En la primera mitad del siglo XIX se desarrolló un amplio programa de reformas que removerían los obstáculos legislativos e institucionales que frenaban el desarrollo de la producción agraria.

Las desamortizaciones. Uno de los objetivos principales de las reformas fue la supresión de todas las formas de propiedad vinculada. Se perseguían implantar una propiedad libre, individual y plena; la propiedad privada tal y ocmo la concebía el liberalismo. En este sentido las medidas de mayor trascendencia fueron los dos grandes procesos desamortizadores, siendo el de Madoz (1855) el que tuvo mayores consecuencias para la agricultura.
a) Las desamortizaciones provocaron una ampliación de la superficie cultivada.
b) Consolidaron y acentuaron las estructuras de distribución de la propiedad de la tierra. No se cumplió uno de los objetivos de las desamortizaciones: crear una clase de pequeños y medianos propietarios agrícolas. Allá donde predominaba el latifundismo continuó predominando. Ello no quiere decir que no hubiera pequeños propietarios entre los adquirientes de fincas desamortizadas, pero el reparto de la tierra siguió siendo básicamente el mismo.
c) Empeoraron las condiciones de vida de muchos pequeños campesinos. La desamortización de Madoz al acabar con los bienes propios y al privar, por tanto, des su utilización a los vecinos de los pueblos perjudicó especialmente a aquellos más modestos, que encontraban en ellos un medio de completar sus ingresos. Algunos autores han señalado que esto pudo favorecer la emigración de este campesinado hacia los núcleos industriales, incrementando así la oferta de trabajo para el sector manufacturero.

Supresión de los mayorazgos. El mayorazgo es una forma de propiedad vinculada en beneficio de los grandes linajes mobiliarios. La supresión fue paulatina, iniciándose en la constitución de Bayona de 1808. Durante el Trienio Liberal (11-12-1820) se declaró suprimida toda vinculación. En 1824 se anula esta ley y sus efectos volviendo a la situación anterior a 1820. El 30-8-1836 un decreto volvió a poner en vigor la ley de 1820. Con la supresión de los mayorazgos una buena parte de las tierras de la nobleza pasaron a otros propietarios.

Abolición de los señoríos jurisdiccionales. Los señoríos jurisdiccionales consistían en subrogaciones del poder real sobre un determinado territorio en beneficio de un miembro de la nobleza. Este tipo de señoríos había proliferado especialmente desde fines del siglo XIV. Los señores, junto con la jurisdicción, adquirían el derecho a cobrar determinados tributos. Estos señoríos jurisdiccionales se diferenciaban de los antiguos señoríos de solariego o territoriales, en los cuales juntos a esas prerrogativas los señores poseían ciertos derechos sobre la tierra. La legislación abolicionista de la primera mitad del siglo XIX suprimió únicamente los jurisdiccionales, pues eran incompatibles con el desarrollo del nuevo estado liberal. La abolición del régimen señorial se llevó a cabo mediante tres medidas legislativas, en 1811, 1823 y 1837.

Los efectos de la supresión de los señoríos fueron diversos en las distintas regiones. Allá donde los señores puedieron demostrar que sus señoríos eran de solariego pudieron transformar sus vagos derechos de dominios sobre la tierra en propiedad plena. Sin embargo, donde no pudieron hacerlo los campesinos adquirieron la propiedad plena de las tierras que cultivaban. Esto último ocurrió principalmente en Cataluña y Valencia.

Supresión de prácticas agrarias comunes. Una de las más extendidas era la derrota de las mieses que consistía en la utilización colectiva de rastrojos y paja que quedaban en los campos una vez hecha la recolección. Lógicamente esto suponía una restricción importante al derecho de propiedad individual. La supresión de la derrota de las mieses permitió abandonar el cultivo en hojas.
También se autorizó la realización de cercados (1813) con el fin de que los propietarios no se viesen coartados por los ritmos de rotación de cultivos. No era así necesario respetar el sistema de división en hojas de cultivo, ni observar los tiempos y superficies de barbecho.

Este conjunto de modificaciones legislativas e institucionales facilitaron el proceso de expansión de la agricultura española en el siglo XIX.

LA EXPANSIÓN AGRARIA DEL SIGLO XIX

Aumento de la producción de cereales al amparo de una política proteccionista

A partir de 1820 y como consecuencia de la reestructuración de nuestro comercio exterior impuesta por la pérdida de las colonias americanas, se produjo un aumento de la producción cerealista al amparo de una política prohibicionista, primero, y proteccionista, después, de las importaciones de cereales. El objetivo de la política prohibicionista fue reservar a los productores nacionales el mercado interior, primero y colonial, después, buscando así proporcionarles un estímulo para que aumentase la producción. Dicho efecto se consiguió, pues las importaciones desaparecieron, e incluso se llegó a exportar.
El decreto de prohibición de importaciones de 1820 provocó el desarrollo de un comercio de cabotaje entre el puerto de Santander (principal región productora) y el de Barcelona.

El desarrollo del comercio de cereales estuvo acompañado de un proceso de integración de los mercados regionales, que ponía fin a la situación característica del antiguo régimen: fragmentación de mercados regionales, policultivo y fuertes fluctuaciones de los precios. Las ventajas de la integración de los mercados son: disminución de los precios, mejor abastecimiento de los mercados y, por tanto, una disminución de las crisis de susbsistencias y, finalmente, una mejor retribución para los productores.

Desarrollo de una agricultura de exportación

En la década de los años 40 en el continente europeo tuvo lugar un proceso de integración de los mercados. Los países industrializados empezaron a demandar en cantidades crecientes productos agrarios, para alimentar a sus poblaciones en crecimiento. Al mismo tiempo, los países que iniciaban su industrialización necesitaban incrementar sus exportaciones para poder adquirir maquinaria, materias primas, etc.
El valor de las exportaciones de productos agrarios representó entre el 50 y el 60% del valor total de las exportaciones. El grueso de las exportaciones agrarias españolas estuvo integrados por productos mediterráneos: vid y derivados, aceite y cítricos.

a) Exportaciones vinícolas. Dentro de estas exportaciones habría que distinguir las exportaciones de vinos de calidad, vinos de Jerez, de las exportaciones de vinos comunes. Los vinos de Jerez habían ido afianzando sus posiciones en los mercados británicos desde el siglo XVIII. Durante la primera mitad del XIX estas exportaciones mantuvieron una tendencia alcista. A mediados del siglo el sector hubo de hacer frente a un conjunto de dificultades. La más grave fue la inelasticidad de la oferta frente al incremento de la demanda. Hacia 1850 no existían tierras de calidad disponibles para ampliar la superficie cultivada. A esta situación se unieron los efectos de las malas cosechas. Ante la incapacidad de hacer frente a la demanda, los productores comenzaron a mezclar sus caldos con otros de menor calidad. Este cambio de calidad fue acusado por los consumidores ingleses, lo que provocó una progresiva contracción de la demanda y finalmente, la pérdida del mercado. Los productores procuraron encontrar nuevos mercados en el exterior. Ante el fracaso los vinos de calidad se destinaron a la producción de brandy para abastecer el mercado interior.
Las exportaciones de vino común crecieron a finales de los 70 de manera sorprendente. El estímulo procedió del mercado francés. Desde finales de los 60 las cepas francesas empezaron a estar afectadas por la filoxera. Las medidas adoptadas por los productores franceses (tratamiento de las cepas enfermas, replantación con ceptas californianas) se completaron con la importación de vinos comunes de España e Italia.

España y Francia suscribieron el Tratado Comercial de 1882 por el que se reducían considerablemente los aranceles que pagaban los vinos españoles al entrar en Francia. El acuerdo tenía una duración de 10 años.

Al tiempo que aumentaban las exportaciones, los precios comenzaron a manifestar una tendencia a la baja. Esto denotaba que se estaba produciendo una situación de sobreproducción. Cuando en 1892 finalizó el tratado, el sector vitícola entró en una profunda crisis. El exceso de producción no podía ser absorbido por el mercado interior. Los efectos de las crisis del sector se vieron amortiguados por la penetración de la filoxera en territorio español y su progresiva extensión.

b) El aceite. Las exportaciones españolas de aceite de oliva se dirigían a satisfacer la demanda de aceites para alumbrado y lubricantes industriales. La escasa calidad de los aceites no los hacía aptos para el consumo humano. Las exportaciones crecieron en la década de los 70, A partir de este momento aparecieron en los mercados mundiales productos sustitutivos como el petróleo para el alumbrado o los aceites de semilla (colza, etc) para usos industriales. El descenso de las exportaciones obligó a reducir la superficie del olivar. En el litoral mediterráneo los olivos fueron reemplazados por cepas, cultivo en expansión por las exportaciones de vino a Francia
Algunos productos iniciaron una modernización del sector. La introducción de prensas hidráulicas permitió mejorar la calidad de los aceites y orientar la producción hacia el consumo humano. Las exportaciones se dirigieron a partir de ese momento hacia América del Sur e Italia, desde donde eran reexportados, mejorada su calidad y envasados, hacia el merado americano.

c) Los cítricos. La comercialización de la naranja en los comercios exteriores fue tardía. A principios del XIX los mercados internacionales estaban controlados por la naranja portuguesa como consecuencia de sus relaciones con Inglaterra. En 1834 las exportaciones valencianas se dirigían principalmente a Francia.
El gran salto en las cantidades exportadas se produjo en los años 50, como consecuencia de la penetración en el mercado británico.

d) Exportaciones de carne de vacuno. A partir de 1850 se iniciaron exportaciones de carne de vacuno hacia Inglaterra desde Galicia. El desarrollo de estas exportaciones chocó con las estructuras agrarias tradicionales de este territorio. El predominio del policultivo de subsistencia impedía la ampliación de la producción de forraje y el pequeño tamaño de las exportaciones no permitió la acumulacion de capitales necesarios para ampliar la producción.
Pese a todo estas exportaciones facilitaron la introducción de modificaciones en las estructuras agrarias: el modelo de policultivo de subsistencia pierde terreno.
Las exportaciones disminuyeron desde 1884. A partir de esa fecha, la comercialización se hará en el interior peninsular gracias a la apertura del enlace ferroviario con la meseta norte.


CONSECUENCIAS DE LA EXPANSIÓN AGRARIA SOBRE LAS ESTRUCTURAS AGRARIAS

La expansión agraria provocó un notable incremento de la superficie ocupada por los cultivos. La mayor parte de las nuevas tierras fueron absorbidas por el cereal. El resto se distribuyó entre el viñedo, el olivar y otros cultivos mediterráneos. Se produjo una disminución de los barbechos y eriales temporales.
La ampliación de los cultivos se produjo a costa de las superficies de producción espontánea. Esto provocó una profunda transformación de la ganadería.
El aumento de las especies dedicadas a la producción de carne y leche, cerca, vacuno y cabrío, y por otro lado, la disminución relativa del lanar.

CRISIS DE LA GANADERÍA LANAR

La producción de lana se llevaba a cabo mediante la merina, requería pastos frescos y exigía la práctica de la trashumancia. Desde mediados del siglo XVIII, la demanda de subsistencias en el rígido marco de una oferta de tierra inmovilizada por las formas de propiedad y producción creó las condiciones para la ruina de los ganaderos y la eliminación de dichas formas de propiedad. Esto condujo a la supresión del concejo de la Mesta en 1836. Durante el siglo XIX, otros factores provocaron la ruina definitiva de la ganadería trashumante. Factores cmo la aclimatación de la raza merina en otras partes de Europa; el desplazamiento de la lana española en los mercados ingleses por la procedente de Sajonia; la inadecuación de la lana merina a la mecanización que se desarrolla a partir de 1860 y el arancel de Figuerola que autorizaba la penetración en el mercado interior de lanas extranjeras y, finalmetne, el hundimiento de los precios en el mercado interior, desde 1881, que, si bien provocó un aumento de las exportaciones, no impidió que las importaciones continuasen siendo superiores.

Pero las fuerzas que presionaban sobre la transhumancia creaban, a la vez, las condiciones necesarias para el desarrollo de la ganadería estante. Así, hubo un incremento de la demanda de carne. Dicha demanda podía ser atendida por los ganados estantes. Pero sólo en Castilla la Nueva, en posesión de una oveja especialmente dotada para carne, la salida se hizo factible.


EXPANSIÓN DE LA GANADERÍA DIRIGIDA A LA PRODUCCIÓN DE CARNE

El aumento demográfico y la urbanización provocaron una expansión de la demanda de carne. En cuanto al consumo de carne, las preferencias iban en el sentido porcino-ovino-cabrio-vacuno. La ciudad prefiere con mucho al vacuno; le siguen porcino, ovino y cabrío.

LA CRISIS AGRARIA FINISECULAR

La expansión agraria finalizó con la llamada crisis agraria finisecular.

El cultivo de cereal, con una relación tierra-hombre mucho más favorable que en Europa, ofrecía claras ventajas en las zonas de reciente poblacimiento, ya que si se adaptaban técnicas de carácter extensivo y se mecanizaban algunas labores, a pesar de que se obtenían rendimientos más bajos que los europeos, sus costes eran proporcionalmente menores.
Desde la óptica de los exportadores españoles, la crisis consistió no sólo en el riesgo de las importaciones de productos baratos, que desalojaron de sus propios mercados a las producciones nacionales, sino también en la eliminación de sus exportaciones por la irrupción en escena de nuevos competidores que desplazan el marco de la oferta a una nueva escala supracontinental. El fin de las exportaciones hipotecó la posibilidad de acortar las distancias que separaban al país de las naciones europeas más desarrolladas.
España reaccionó con la exportación de minerales y del vino. Como lógica consecuencia de todo ello, los restantes productos agrarios desempeñaron un papel relativo cada vez menor.

a) La crisis triguera. La crisis triguera no consistió tanto en que los precios castellanos bajaran, como en que los extranjeros descendieron aún más. Y así, a pesar de las trabas proteccionistas, pudieron inundar los mercados de la periferia, desalojando de ellos a los trigos de las regiones productoras de nuestro país. Los trigos procedían de Rusia y Turquía.

La reacción consistió en el abandono del cultivo de las tierras menos productivas y con ello descendió la demanda de trabajo en el campo; el paro comenzó a generalizarse, la producción disminuyó y, en fin, las importaciones del extranjero no consiguieron impedir la caída del consumo de trigo en el país.
Los labradores no hicieron esfuerzos por modernizar sus explotaciones. Las únicas respuestas fueron los aranceles y la devaluación de la peseta. Con ello se intentaba asegurar el mercado interior. Esto conducía hacia una vía de desarrollo mirando hacia dentro

b) La crisis de los cultivos mediterráneos. La oferta acabó por superar a la demanda, y desde fines de la década de 1880-1890 los precios empezaron a declinar y las exportaciones se derrumbaron. La reducción de la demanda francesa, resultado de la replantación del viñedo francés y del peso creciente de la producción argelina, hizo caer las exportaciones italianas, españolas y portuguesas.

c) La crisis en el sector ganadero. Las dificultades en el sector aparecen desde mediados de la década de 1880-1890. La gandería sufrió el doble efecto de la expulsión de los mercados internacionales, primero, y la presencia de productos ganaderos foráneos en los centros de consumo autóctonos, después.
La agricultura española cumplió a duras penas durante el siglo XIX algunos de los requisitos que los economistas consideran indispensables en un proceso de crecimiento. No proporcionó alimentos suficientes para mantener la población urbana, lo que se tradujo en una dieta exigua. Tampoco fue demandante de productos industriales, ya fueran bienes de equipo o artículos de consumo. No contribuyó, por tanto, a estimular la industrialización.2º Léetelo detenidamente intentando comprender todos los conceptos



4ºHaz un esquema del texto, siguiendo la estructura del mism0 y cuélgalo también del blog.
Revolución agraria:

Caricatura de la I República

Identifica al personaje central y al profesor que está en la zona izquierda
El personaje central es Pi Margall y el de la izquierda Castelar.


Comenta las leyendas que aparecen:
- Escuela nacional federal de párvulos para ab uso del país (sobre la puerta)
La sílaba "ab" esta en minúscula por contraste a las demás letras, queriendo decir que no se tiene claro lo que se quiere hacer.


- Unión. Orden. Patriotismo. Sensatez. Moralidad. Justicia. Derechos. Deberes (en la pizarra de la izquierda)
Están expuestos los ideales que Castelar quiere para su gobierno.

- Crédito nacional. Indisciplina militar. Carlistas (sobre la mesa)
No sé donde aparece, pero hace referencia a los problemas existentes en esa época.

- Crisis nacional (sobre el personaje central)
Es el mayor problema.

- Orden Público (en el suelo)
Es lo que quieren conseguir, y que en esos tiempos no hay.

- Orden (en la cartera)
Al parecer es de forma irónica, quiriendo dar a entender todo lo contrario.

- Nos oponemos a todo. Queremos. Queremos. Destinos. Destinos. Viva la república social. Pueblo. Ay, Ay (en la pizarra de la derecha)
Es el ideario repúblicano.

- Justicia federal (sobre el personaje de la pizarra derecha)
Esta idea junto con la siguiente representa la defensa de la justicia federal.
- Justicia federal (en el suelo)


Sintetiza la visión que el caricaturista da de la situación
Es un visión desordenada de la sociedad de la época, debido a las diferencias ideológicas y a los sucesivos problemas.

domingo, 1 de febrero de 2009

Caricatura sobre el Sexenio Democrático

Indica todos los periodos que señala y las leyendas (textos) y personajes de cada periodo.
Las leyendas ordenadas de izquierda a derecha y de arriba a abajo son:
-29 de septiembre de 1868, Batalla de Alcolea.Triunfo de la revolución de 1868 que conlleva el destronamiento de Isabel II.
-Viva España con honra, proclama de los generales sublevados en Cádiz.
-Zaragoza,aparece el nombre de esta ciudad por producirse un manifiesto de la Junta Revolucionaria en 1868
-Alcolea, la Batalla de Alcolea (Cartagena) el 28 de Septiembre. Enfrentó a revolucionarios y a aquellos que siguieron fieles a la carona.
-Gobierno Provisional, es una parte del Sexenio Democrático (1868-1870),que promulga la constitución de 1869.
-Regencia, dentro del Gobierno Provisional, el general Serrano fue nombrado regente.
-Monarquía democrática, periodo de 1871 al 73 en el cual se intenta elegir a un candidato al trono, Amadeo I de Saboya.
-República Federal, el 11 de junio, las Cortes proclaman la República federal y de forma inmediata los grupos federalistas provinciales, junto a los anarquistas, forman minúsculas repúblicas autónomas.
-Proclamación de la I República Española 11 de febrero de 1873, surge como una fórmula inédita para aplicar los postulados de la Revolución de 1868.
-Congreso de los diputados 3 de enero 1874, el 3 de enero de 1874 se abrieron de nuevo las Cortes, siendo Castelar derrotado en la cuestión de confianza. Al día siguiente, el general Pavía entraba en el Congreso de los diputados y disolvía, sin oposición, las Cortes Constituyentes.

Exposición del ministro Mendizábal a la reina gobernadora

1.Indica que tipo de texto es.
Al parecer, es una carta personal donde Mendizábal le expone a la reina Maria Cristina las causas de su desamortización.

2.Indica quién es el autor, dando una breve biografía suya.
El autor es Juan Álvarez Mendizábal, político español (Cádiz, 1790 - Madrid, 1853). Miembro de la burguesía comercial gaditana, actuó como proveedor del ejército organizado por Fernando VII para recuperar las colonias españolas en América (1820); junto con otros conspiradores, preparó el pronunciamiento de aquel ejército que, encabezado por el general Riego, obligó al rey a aceptar la Constitución de 1812.


3.Indica a quién va dirigido, dando una breve biografía suya.
Reina María Cristina, actuó como Regente durante la minoría de edad de su hija Isabel al morir su marido, el rey. Don Fernando VII falleció en 1833 cuando su hija Isabel tenía poco menos de tres años. María Cristina gobernó como regente hasta 1840, año en que se vio obligada a entregar la regencia al general Espartero. Durante su reinado hizo necesarias contribuciones sociales como el auxilio que necesitó la costa onubense en 1834 como consecuencia de un brote de cólera. Ese año, como agradecimiento, toma el nombre de la reina una localidad onubense, La Real Isla de la Higuerita, y pasa a llamarse Isla Cristina.


4.Indica en qué año se escribe el texto y en qué circunstancias se encuentran.
Se escribe em 1836, debido a la desamortización de Mendizábal, que es a lo que hace referencia el texto. Esta medida consiste en la nacionalización de los bienes del clero regular para venderlos en subasta.


5.Explica los siguientes términos.
- la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, se refiere a los bienes desamortizados debido a la medida impuesta.
- la deuda nacional, la situación económia de España era mala, y había una deuda pública por lo que se llevo a cabo la desamortización para saldar esta deuda.
- vivificar una riqueza muerta, recuperar la riqueza que en otros tiempos tuvieron
- identificar con el trono excelso de Isabel II, dar muestra de las ideas liberales que se extendían provenientes de Francia.
- triunfo completo de nuestras altas instituciones, hace referencia al triunfo del Estado.


6.Haz una redacción de las causas que argumenta Mendizábal para defender la desamortización.
-frenar la deuda pública
-crear una familia de propietarios
-desobstruir los canales de industria y circulación
-vivificar una riqueza muerta
-identificar con el trono excelso de Isabel II


7.Haz una redacción con un mínimo de 150 palabras donde expliques las consecuencias de las desamortizaciones en la agricultura española.
La desamortización se inicio durante el reinado de Carlos IV para poder financiar los gastos de la guerra, pero es en la primera mitad del siglo XIX cuando se produce el grueso de la actividad desamortizadora; primero con Mendizábal en la década de los 30 y a continuación en los años 50 durante el bienio progresista.
La primera es conocido como desamortización eclesiástica y fue llevada a cabo a partir de 1836 por el ministro de Hacienda Mendizábal. Su principal objetivo fue obtener los fondos necesarios para financiar la guerra carlista. Inicialmente se vendieron las tierras y propiedades del clero regular y en 1841 las del secular.
La segunda etapa conocida como desamortización Madoz fue conocida como desamortización civil o general y tuvo lugar en 1875, consistiendo en la venta de los bienes del Estado, municipios y otras instituciones o entidades sin compensación.

En este caso además de obtener dinero para el Estado se pretendía consolidar una clase media social que apoyara al régimen liberal, así como fomentar el desarrollo económico mediante obras publicas y construcción de ferrocarril. La mayor parte de las ventas se realizaron en los decenios siguientes a la Ley aunque a finales de siglo continuaron vendiendo tierras.

La desamortización produjo una transformación radical de la propiedad, y así a finales del siglo XIX, se había consolidado la propiedad privada transformando la tierra en un bien que se podía comprar y vender libremente y habían cambiado de dueño miles y miles de edificios y parcelas agrarias. La mayor parte de los que compran las tierras eran personas que ya tenia recursos para comprarles y que casi nunca eran cultivadores directos sino funcionarios, militares, propietarios, etc...

El hecho de que los compradores no fueran básicamente agricultores hace que la desamortización sea vista como una oportunidad perdida de haber realizado una reforma agraria que hubiera permitido una mayor justicia sociales. No podemos olvidar que la desamortización va unida a un proceso de consolidación del Estado liberal, que había sido amenazado durante el primer tercio del XIX por los partidarios del Antiguo Régimen y que tenían unos ingresos fiscales insuficientes para cubrir sus gastos.

Por lo tanto, podemos concluir indicando que aunque la desamortización no produjo una reforma agraria ni condujo a la industrialización, tampoco puede ser considerada un fracaso, puesto que tuvo lugar otro objetivo: como el de paliar los problemas de la Hacienda, además propuso una gran cantidad de tierras de cultivos en manos de individuos con mayor interés en obtener beneficios y en la permanencia del régimen liberal.

lunes, 26 de enero de 2009

Convenio de Vergara

Comentario
1. Indica qué tipo de texto es. Es un texto jurídico

2. Explica quienes son los firmantes del texto
.
Por el capitán general Espartero y el teniente general Maroto.
-Espartero(1703-1879)Combatiente en tres de los cuatro conflictos más importantes de España en el siglo XIX, fue soldado en la guerra contra la invasión del francés, oficial durante la guerra colonial en Perú y General en Jefe en la guerra civil. Vivió en Cádiz el nacimiento del liberalismo español, senda que no abandonaría jamás. Hombre extremadamente duro en el trato, valoraba la lealtad de sus compañeros de armas —término que no gustaban de oír los demás generales—, tanto como la eficacia. Combatió en primera línea, fue herido en ocho ocasiones y su carácter altivo y exigente le llevó a cometer excesos, en ocasiones muy sangrientos, en la disciplina militar. Convencido de que su destino era gobernar a los españoles, fue por dos veces Presidente del Consejo de Ministros y llegó a la Jefatura de Estado como Regente durante la minoría de edad de Isabel II. Ha sido el único militar español con tratamiento de Alteza Real y, a pesar de todas sus contradicciones, supo pasar desapercibido los últimos veintiocho años. Rechazó la Corona Española y fue tratado como una leyenda desde bien joven.
-Maroto(1783-1853)
A los 18 años intervino en los conflictos y campañas de Godoy conocidos como Guerra de las Naranjas. Intervino en la Guerra de la Independencia Española, durante la que fue herido y hecho prisionero en Zaragoza. Recibió un destino en Perú y más tarde luchó en la guerra contra los independentistas chilenos siendo derrotado por el General San Martín en la Batalla de Chacabuco en el año 1817. En España participó también en la Primera Guerra Calista y fue uno de los firmantes junto con el general liberal Espartero del Convenio de Vergara (también llamado Abrazo de Vergara), que puso fin a la guerra civil entre carlistas e isabelinos, con victoria de estos últimos.



3. Explica cuales son las circunstancias en las que se firma el texto.
Durante estas negociaciones Maroto fue cediendo, poco a poco, en sus pretensiones presionado por el avance de las tropas de Espartero y por la impaciencia claudicacionista del comandante de la división carlista de Vizcaya, Simón de la Torre. La base, hastiada de la guerra, no quiso transigir sin embargo en la cuestión referente a los Fueros. A pesar de haber repudiado la prosecución de la guerra por una cuestión puramente dinástica, la mayoría de las tropas carlistas declaró no estar dispuesta a entregar las armas hasta que las Cortes garantizaran el establecimiento foral.


4. Explica los siguientes términos:

- los Ejércitos Nacionales,
- los fueros, eran los estatutos jurídicos aplicables en una determinada localidad cuya finalidad era, en general, regular la vida local, estableciendo un conjunto de normas, derechos y privilegios otorgados por el rey, el señor de la tierra o el propio concejo.
- Constitución de 1837, Los principios inspiradores en los que se basó fueron esencialmente los conculcados por la Constitución de 1812 y como principio inspirador el de la soberanía nacional.
- la Regencia de su augusta Madre, actuó como Regente durante la minoría de edad de su hija Isabel al morir su marido, el rey.

5. Explica las concesiones otorgadas en cada uno de los tres artículos señalados.

Art. 1º. Espartero tiene que recomendar al Gobierno que haga que las Cortes modifiquen los fueros.
Art 2º. Los empleos, condecoracions, etc del ejército del general Maroto serán reconocidos y estós podran seguir con las armas o volver a sus casas.
Art 4º. Sobre aquellos mandos del ejército que decidan ir a sus casas, en función de su grado se les asignará un cuartel o sueldo.


6. Haz un comentario de más de 150 palabras sobre el ideario y las bases sociales del carlismo.

Los carlistas formaban el ala más conservadora de la sociedad española de la época, englobando a los denominados «apostólicos», tradicionalistas y, sobre todo, a la reacción antiliberal. La lucha entre pretendientes fue realmente una lucha entre dos concepciones políticas, de una parte los defensores del Antiguo Régimen y de otra los partidarios de las reformas liberales, surgidas como consecuencia de la Revolución Francesa y de la Revolución Industrial, que habían dejado desfasada la antigua sociedad agraria predominante hasta entonces en España. Así, el carlismo tuvo escasa repercusión en las grandes ciudades, siendo un movimiento predominantemente rural.
Otro aspecto de la disputa transcurría en el terreno religioso, con el deseo de los carlistas de conservar los privilegios e influencia de la Iglesia Católica en la sociedad y el estado, así como la restauración de la Inquisición.Así se conformó el ideario carlista: legitimidad dinástica, integrismo católico, monarquía absolutista y defensa de los fueros tradicionales.

lunes, 19 de enero de 2009

El manifiesto de Abrantes

No ambiciono el trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos... me esfuerzan a sostener y defender la corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetuada.
Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano (que santa gloria haya), creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora será el que no jure mis banderas, a los cuales, especialmente a los generales, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos cargos, cuando la misericordia de Dios me lleve al seno de mi amada Patria, a la cabeza de los que me sean fieles. Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad. No padezco yo el sentimiento de que los católicos españoles que me aman, maten, injurien, roben ni cometan el más mínimo exceso...
Abrantes, 1 de octubre de 1833. Carlos María Isidro de Borbón.
Obtenido de "http://es.wikisource.org/wiki/Manifiesto_de_Abrantes"

Comenta el texto anterior indicando:

1. ¿Qué tipo de texto es?
Es un texto jurídico.

2. ¿Quién es el autor?
Carlos María Isidro de Borbón. Conde de Molina e infante de España, fue el primer pretendiente carlista al trono, con el nombre de Carlos V.

3. ¿A quién va dirigido el texto?
A el pueblo español.

4. ¿En qué circunstancias históricas se escribe?
Entre la muerte de Fernando VII y el estallido de la Guerra Carlista.

5. Explica a qué se refiere el autor en las siguientes expresiones:
a. estoy lejos de codiciar bienes caducos, que no quiere el trono
b. una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetuada. Hace alusión a la ley por la cual al morir el rey ha de ser su hermano el que ocupe el trono, y que sin embargo no es cumplida.
c. mi caro hermano, mi querido hermano

6. Indica que consecuencias tuvo este manifiesto.
Que estallará la guerra, delimitar los bandos.

sábado, 17 de enero de 2009

Ejercicios sobre el periodo de la revolución liberal

Sitúa junto a cada fecha el reinado correspondiente:
1814-1833:Fernando VII
1833-1840:Regencia de María Cristina
1840-1843:Regencia de Espartero
1843-1868:Isabel II

Sitúa junto a cada fecha el periodo correspondiente:
1814-1820:Sexenio Absolutista
1820-1823:Trienio Liberal
1823-1833:Década Ominosa
1833-1840:Regencia de María Cristina
1840-1843:Regencia de Espartero
1843-1854:Década Moderada
1854-1856:Bienio Progresista
1858-1863:Gobierno de la Unión Liberal
1863-1868:Crisis del final del reinado de Isabel II


Sitúa junto a cada constitución los periodos en los que estuvo vigente en el periodo entre 1814 y 1868, su carácter y el tipo de soberanía que establecen:
-Constitución de 1812:La constitución establecía el sufragio, la libertad de imprenta, abolía la inquisición, acordaba el reparto de tierras y la libertad de industria, entre otras cosas.
Vigencia de 1812 a 1814, al volver Ferrnado VII lo deroga. En 1820 se euelve a instaurar hasta 1823 ( Trienio liberal). De 1836 al 37 cuando se promulga una nueva constitución.

-Estatuto Real: En 1834 se promulga a modo de carta otorgada que pretende superar la Constitución de 1812 y contentar a moderados y liberales. Se mantuvo vigente hasta 1836 cuando se volvio a implantar la Constitución de 1812. Se mantenía la declaración de soberanía nacional y de los derechos ciudadanos del texto gaditano, la división de poderes y un cambio del sistema electoral.

-Constitución de 1837: El Estatuto Real no agradó por lo cual se formó esta Constitución. Sin duda, trajo consigo un cambio revolucionario en el gobierno español. Volvió a reconocer la separacion de poderes y reconoció la iniciativa legistaltiva tanto a la Corona como a las Cortes. Se afianzó un sistema bicameral.

-Constitución de 1845:Tras la mayoría de edad de Isabel II se proclaman nuevas cortes para una nueva constitución. El texto resultante no es una simple reforma del anterior, sino que se remite la regulación de los derechos proclamados a leyes posteriores que resultaron fuertemente restrictivas. Destaca en la parte orgánica un aumento de poderes del Rey. Continuó la religión católica como religión oficial del Estado. La soberanía nacional pasó a ser compartida por el Rey y las Cortes. El Monarca aumentó considerablemente su poder y se eliminó la capacidad constituyente del pueblo español. Se mantuvo vigente durante el reinado de Isabel II, a excepción del período liberal de 1854-56.

-Constitución de 1856: es la Constitución de 1845 con un acta adicional donde se recogían algunos principios progresistas, pero no llegó a promulgarse.


Relaciona cada uno de los siguientes militares con un partido político:
Espartero: Partido Progresista
Narváez: Partido Demócrata
O´Donell: Unión Liberal
Prim:Partido Progresista
Serrano:Unión Liberal
Zumalacárregui: Partido Carlista


Sitúa junto a cada fecha el hecho correspondiente:
1814:Manifiesto de los Persas
1820:Pronunciamiento de Riego
1822:Regencia de Urgell
1823:Intervención de los Cien mil hijos de San Luís
1825:Independencia de Bolivia
1827:Guerra de los Agraviados
1833:Primera Guerra Carlista
1833:Manifiesto de Abrantes
1836:Pronunciamiento de los sargentos de la Granja
1839:Abrazo de Vergara
1842:Insurrección de Barcelona
1846:Segunda Guerra Carlista
1854:Manifiesto del Manzanares
1854:Vicalvarada
1858:Expedición a Indochina
1859:Guerra con Marruecos
1861:Expedición a México
1865:Sucesos de la Noche de San Daniel
1866:Pacto de Ostende
1866:Pronunciamiento del Cuartel de San Gil
1868:Revolución Gloriosa

domingo, 11 de enero de 2009

Ejercicio sobre la Constitución de Cádiz

¿En qué artículo establece sobre quien recae la soberanía? En el artículo tercero.
¿Qué obligaciones tienen los españoles? Conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, propiedad y demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.
¿Existe libertad religiosa? No, se establece por obligación la religión católica, apostólica, romana única verdadera.
¿Cuál es el objetivo del gobierno? La felicidad de la nación.
¿Qué tipo de gobierno establece? Monarquía moderada hereditaria.
¿Sobre quién recae el poder ejecutivo? Sobre el rey.
En el artículo 141 y siguientes fija la sanción real de las leyes redactadas por las Cortes, ¿qué ocurre en el caso de que por tres veces el Rey se niegue a sancionar una ley? Que si es admitida por las Cortes, la tiene que sancionar.
¿Sobre quién recae el poder legislativo? Sobre las Cortes y el Rey.
¿Resume cuáles son las restricciones que se le ponen a la autoridad del Rey? Artículo 172:
No puede influenciar en la celebración de las cortes.
No puede ausentarse del reino.
Para abdicar o ceder el trono debe consultarlo con las cortes.
No puede manejar el dominio del las regiones.
No puede tratar con el extranjero para comerciar sin consultar a las cortes.
No puede enajenar bienes nacionales sin el consentimiento del las cortes.
No puede imponer contribuciones o hacer pedidos.
No puede conceder privilegios.
No puede hacer lo que quiera con las propiedades ajenas.
No puede privar a nadie de su libertad.
Para casarse necesita el consentimiento de las cortes.
¿Quién fija el presupuesto de la casa real? Las Cortes.
¿Qué ministerios o secretarías de estado se establecen?
¿sobre quién recae el poder judicial? Sobre los tribunales establecidos por la ley.
¿Quién nombra a los alcaldes que gobiernan los ayuntamientos? Todos los habitantes del pueblo excepto los que trabajan para el ayuntamiento.
¿Quién regula el ejército? Las Cortes.
¿Cuándo se reúne la milicia? Cuando se necesite.
¿Qué establece la constitución que se ha de enseñar en las escuelas de primeras letras? A leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica.

Finalmente, indica durante que tres periodos estuvo vigente la Constitución de Cádiz, de qué circunstancias fue precedida y cuales le pusieron fin.
1° marzo de 1812-marzo de 1814 (durante la guerra de la Independencia)
2°enero de 1820-noviembre de 1923 (trienio liberal durante el reinado absolutista de Fernando VII)
3°agosto de 1836-junio de 1837 (periodo de regencia de MariaCristina)

domingo, 7 de diciembre de 2008

Define los siguientes términos

Derechos señoriales, el noble conseguía gravar cualquier movimiento de la producción o aumentos de la prosperidad de los campesinos (derechos de paso, de pontazgo, de portazgo... por la explotación de los bosques, de los ríos... monopolios de molino, de tienda, de taberna...), a lo que hay que añadir los cobros derivados de la jurisdicción (multas, penas de cámara, todo tipo de impuestos cedidos por el rey...)

Mayorazgo, es una institución del antiguo derecho castellano que permitía mantener un conjunto de bienes vinculados entre sí de manera que no pudiera nunca romperse este vínculo. Los bienes así vinculados pasaban al heredero, normalmente el mayor de los hijos, de forma que el grueso del patrimonio de una familia no se diseminaba, sino que sólo podía aumentar.

Señorío de Abadengo, en los que tierras y habitantes estaban bajo la jurisdicción de la iglesia.

Señorío de Realengo, eran tierras del rey y sus habitantes estaban directamente bajo su autoridad.

Señorío Eclesiástico, regidos por obispos y cabildos (perdido dureza, simbólicos)

Señorío Jurisdiccional, aparte del dominio directo sobre sus tierras, el noble domina la justicia, es decir que tenía el derecho de legislar las leyes en sus tierras.

Señorio Laico,

Señorío Solariego, pueblos en los que el señor no poseía jurisdicción sino la propiedad de las tierras y derechos honoríficos.

Señorío Territorial, el propietario de la tierra, el noble, posee un dominio directo. La tierra es suya y cobra una renta a los campesinos. El único derecho de los campesinos s el de explotar la tierra.

Vasallo, es el término con el feudalismo que en e se designa a un noble de categoría inferior u hombre libre que pide protección a un noble de categoría superior, su señor feudal. Le jura fidelidad, da asistencia y presta servicio militar en su favor, recibiendo a cambio el control y jurisdicción sobre la tierra y la población de su feudo o señorío.

jueves, 4 de diciembre de 2008

Esquilache

1º ¿Cuál es la imagen que se presenta de los siguientes personajes históricos?
Esquilache.


2º ¿Cuál es la imagen que se presenta de los principales personajes simbólicos?
La alta nobleza.


3º ¿A qué grupo social representa Fernanda?
A la clase baja.


4º ¿Qué obras diseña Sabatini para Madrid?
En la película muestra como le enseña a Esquilache la Cibeles y la Puerta de Alcalá.


5º ¿Qué es el chichisbeo?
El coqueteo.


6º Escucha con atención la supuesta carta de Carlos III que se lee al comienzo y final de la película, porque la comentaremos en clase.


7º Indica en qué época se sitúa la acción de la película y cuales son las circunstancias históricas del momento.
El ascenso y declive políticos del marqués de Esquilache, ministro de Carlos III. El motín de Esquilache fue la respuesta del pueblo a su política. Esta película es una adaptación muy libre de la obra teatral de Antonio Buero Vallejo, ´Un soñador para un pueblo´.
La situación previa a los sucesos del 23 al 26 de marzo de 1766 que dieron con la salida de España de Esquilache era propia del régimen despótico de la época.



8º Señala las causas y consecuencias que tuvo el motín de Esquilache.
Por una parte, la Corte vivía en un ambiente de gran opulencia que no se ocultaba a una población que durante aquellos meses sufría carestías en los alimentos básicos. Por otra, nobles y eclesiásticos, en especial jesuitas afectados por las reformas, habían hecho causa común con el pueblo llano. Sea como fuere, conjura o no, el motín general en Madrid obligó al Rey a aceptar las condiciones más o menos impuestas: salida de Esquilache del gobierno y su marcha inmediata a Nápoles y reforma de todo el gabinete desterrando de él a los miembros no españoles del mismo. Otras peticiones no se atenideron: el precio de los productos alimenticios siguió alto al no intervenirse en la política de abastos y se mantuvo la Real Orden que regulaba las obligaciones sobre la vestimenta con capa corta. Poco después, Carlos III no dudaría tampoco en expulsar a los jesuitas.

martes, 2 de diciembre de 2008

Europa tras la Paz de Westfalia


Pinta el mapa con las siguientes leyendas:

- Límite del Sacro Imperio Germánico (márcalo con una línea gruesa)
- Territorios de la corona austriaca(rojo)

- Brandemburgo(azul oscuro)

- Territorios adquiridos por el condado de Brandemburgo en la paz de Westfalia(azul oscuro)

- Baviera(morado)

- Territorios de la corona española(verde)

- Francia(amarillo)

- Territorios adquiridos por Francia en las paces de Westfalia y Pirineos(no lo tengo claro)

- Suecia(naranja)

- Territorios adquiridos por Suecia en la paz de Westfalia(naranja)
- Territorios de la corona inglesa(verde claro)

- Territorios de la corona danesa(azul claro)

- Venecia(morado muy oscuro)

- Estados Pontificios(marrón)

- Génova(marrón claro)

- Nuevos estados independientes(rosa claro)

- Imperio Ruso(granate)

- Imperio Otomano(gris)

Comenta el mapa indicando:
1º La época en la que se sitúa y las circunstancias históricas
dos tratados de paz de Osnabrück y Münster, firmado el 15 de mayo y octubre 24 de 1648, respectivamente, este último en la Sala de la Paz del Ayuntamiento de Münster, en la región histórica de Westfalia, por los cuales finalizó la Guerra de los Treinta Años en Alemania y la Guerra de los ochenta años entre España y los Países Bajos.
La Paz de Westfalia dio lugar a partir del primer congreso diplomático moderno e inició un nuevo orden en el centro de Europa basado en el concepto de soberanía nacional. Hasta 1806, los reglamentos pasaron a formar parte de las leyes constitucionales del Sacro Imperio Romano.


2º Los cambios sucedidos en el mapa en cada país respecto a la situación anterior
El monarca Felipe IV reconocia a Münster la independencia de las Provincias Unidas de Holanda.
Sueca obtuvó una ampliación de sus territorios al igual que el imperio germánico.
Italia amplio su territorio.

3º Las consecuencias que implica la Paz de Westfalia en el nuevo orden europeo.
La Paz de Westfalia supuso modificaciones en las bases del Derecho internacional, con cambios importantes encaminados a lograr un equilibrio europeo que impidiera a unos estados imponerse a otros. Los efectos de la Paz de Westfalia se mantuvieron hasta las guerras y revoluciones nacionalistas del romántico siglo XIX. Este tratado supuso la desintegración de la república cristiana y el imperialismo de Carlos V y además, se propugnaron principios como el de la libertad religiosa "inter estados". Así, cada estado adoptaba como propia y oficial la religión que tenía en aquel momento. Lo cual es visto como una concesión católica a los nuevos cismas que, como origen político, habían roto Europa.
Aceptación del principio de soberanía territorial, el principio de no injerencia en asuntos internos y el trato de igualdad entre los Estados independientemente de su tamaño o fuerza. En la práctica las cosas fueron algo diferentes y el resultado muy desigual para los diferentes Estados
El otro gran perjudicado fue el papado, que dejó definitivamente de ejercer un poder temporal significativo en la política europea.
La Paz de Westfalia supuso el fin de los conflictos militares aparecidos como consecuencia de la Reforma protestante y la Contrarreforma.

domingo, 30 de noviembre de 2008

Comenta el texto anterior.
1º Léelo detenidamente intentando comprender todos sus términos.

2º Exlica el significado de los términos en rojo en el contexto del texto.
la rebelión que cometieron, hace referencia a los reinos de Aragón y Valencia, los cuales no estaban de acuerdo con las leyes impuestas por el rey Felipe V. Por ello, el rey decició castigarles imponiendo unas mismas leyes para todos los reinos ( intentado así unificar todos los reinos).
derecho de la conquista, debido a la rebelión, el rey tuvo que reducirlos mediante la lucha, de ahí que diga conquista. Así se atribuye el derecho.
soberanía, es la forma de gobierno mediante la cual el rey tiene todo el poder.
derogar, el rey abola todas los fueros y leyes unificando todos en las de Castilla.
mis fidelísimos vasallos los castellanos, hace referencia a los castellanos para decir que debido a la imposición para todos los reinos en las leyes de Castilla se creara más empleo.
audiencia de Ministros, formada para Aragón y Valencia en la cual el rey cede parte de poder a esta audiencia.
Chancillerías, fue un órgano judicial formado en 1731 con competencia sobre todo el territorio de la Corona de Castilla.

3º Haz un esquema de las ideas principales del texto indicando:
a. ¿Qué dos motivos da el autor para poder derogar los privilegios de Valencia y aragón?
-Soberanía del rey, queriendo unificar todos los reinos.
-Rebelión de estos dos reinos.
b. ¿Qué medidas para establecer la uniformidad de la administración política establece el autor?
-Establecer las mismas leyes cogiendo las leyes de Castilla.
-Eliminación de las demás leyes.

4º¿Qué tipo de texto es?
Jurídico.

5º¿Quién es el autor?
Felipe V

6º¿A quién va dirigido el texto?
A todos los reinos de la península, estableciendo en éste el Decreto de Nueva Planta.

7º¿En qué fecha se situa?
El 29 de Junio de 1707, durante la Guerra de Sucesión.

8º¿Cuáles son las circustancias políticas del momento?
La Guerra de Sucesión enfrento al archiduque de Austria y a Felipe V, siendo éste último el vencedor.

9ºHaz un comentario personal haciendo referencia a lo que supone el establecimiento de los Decretos de Nueva Planta en España.
Se abolieron Cortes y leyes, en Aragón los fueros.
Permanecieron intactas aquellos fueros cuyos reinos fueron fieles a Felipe V.
Una única Hacienda.
Moneda única.
El poder estaba establecido en las Cortes de Castilla.
El uso del castellano.
La extensión del derecho civil castellano.
Una administración homogénea establaciendo la división en provincias.
La posibilidad de comerciar con tierras Américanas a puertos aragoneses.
Libre acceso a cualquier cargo público.




martes, 4 de noviembre de 2008

Pedro Arbués, caso abierto

Nosotros vamos a reabrir el caso y para ello vamos a recopilar algunos datos:
- Di quien es Pedro Arbués.
San Pedro Arbués (Épila, Zaragoza, 1441- Zaragoza, 17 de septiembre de 1485) fue un eclesiástico español, uno de los primeros agentes de la Inquisición española en el reino de Aragón Fue asesinado por un grupo de judeoconversos en la Seo de Zaragoza.
Nació en Épila. En 1469 ingresó en el Colegio Mayor de San Clemente de Bolonia. En la Universidad de Bolonia fue catedrático de filosofía moral. En 1474 fue nombrado canónigo de la Seo de Zaragoza.
El 4 de mayo de 1484, el inquisidor general Tomás de Torquemada nombró a Pedro Arbués, junto con Gaspar Juglar, inquisidor de Aragón. Los nuevos inquisidores comenzaron de inmediato su labor, realizándose poco después varios autos de fe. Según informa el cronista de Aragón Jerónimo de Zurita la actividad de la Inquisición en Aragón soliviantó los ánimos de los conversos, así como los de la nobleza del reino de Aragón, que veía en la Inquisición una amenaza para el mantenimiento de los fueros del reino.


- Di cual era la situación de la Inquisición en ese momento en la Península.
El 12 de marzo de 1482, Tomás Torquemada fue nombrado Inquisidor General por orden de Fernando II de Aragón e Isabel I de Castilla o, lo que es lo mismo, los gobernantes del incipiente reino de España. Este monje dominico, que comenzó siendo el confesor de la princesa castellana, vio cómo se acrecentaba su poder tras el asesinato de un Inquisidor en Zaragoza en el año 1485 y de un supuesto asesinato ritual de un niño en el año 1491, ambos atribuidos a bandas de judíos.

En 1492, Torquemada fue el máximo propulsor de la expulsión de los judíos de España, a la vez que promovía los "autos de fe", que no eran otra cosa que la utilización de las torturas, basadas en denuncias anónimas, que solían acabar con la muerte de los acusados en las llamas de la hoguera. Torquemada se convirtió así en el máximo exponente de la crueldad y el fanatismo católico español, promoviendo entre otras cosas la quema de libros con lecturas judías y árabes.
En el tiempo que Torquemada estuvo al frente de la Inquisición, murieron más 10.000 personas en la hoguera y más de 27.000 sufrieron penas con castigos infames.


- Indaga cual es la situación de la Inquisición en Aragón en esa época y como es recibida en Zaragoza y Teruel.
La introducción de la «Inquisición nueva» en Aragón fue empeño especial de Fernando II, quien forcejeó con Sixto varios años, entre licencias y derogaciones, hasta que el 17-X-1483 fue nombrado Torquemada inquisidor general, a la vez que de Castilla, de los reinos de Aragón, Cataluña y Valencia. La oposición le fue intensa desde el primer momento, no sólo por la abundancia de conversos y el apego de los frailes dominicos a sus privilegios en la amortiguada Inquisición anterior, sino por el de los aragoneses a sus Fueros, en peligro de infracción ante este entrometimiento castellano.


- Indica a qué colectivo pertenecen las personas que fueron juzgadas como culpables.
Su muerte, llevada a cabo por las más importantes familias de conversos —los Sánchez, los Montesa, los Paternoy, y los Santángel— que vieron en la muerte del inquisidor Pedro de Arbués el mejor medio para frenar la implantación del Tribunal. Para ello contrataron unos maleantes que se encargaron de herirle de muerte cuando asistía a los maitines que se celebraban en La Seo, la noche del 14-IX-1485. Murió tres días después.


- Señala qué razones podrían tener aquellas personas que fueron condenadas como instigadores del asesinato para inducirlo.
Estaban descontentos con las leyes impuestas por Pedro Arbués y con sus conescuencias, por tanto, decidieron que lo mejor sería matarlo y se formó una conspiración entre algunos importantes convexos, aunque tampoco estos pensaban que el pueblo reaccionara así.


- Indica que argumentos podrían tener a su favor los condenados.
Con la situación de la Inquisición ya instaurada, los condenados saldrían perjudicados. Pertenecían a familias judío conversas importantes que perderían poder con esta isntitución.
Además de perder poder, viéndose los casos en Córdoba, por ejemplo, no solo perderían poder, y por tanto, dinero, sino también tendrían la posibilidad de ser asesinados (como resulto con la muerte de Pedro Arbués).


-Señala qué otros colectivos sociales de la ciudad podrían ser sospechosos de instigar el asesinato y qué razones podrían tener.
La nobleza, que al igual que los condenados perderían poder y dinero y podrían ser acusados por cualquier delito, perdiendo a su vez, derechos.
También sobre la población en general, aquella mayoritaria de clase baja, recaerían sospechas, debido a que les tocaría ser la 'cabeza de turco'.
Sin embargo, los mudejares y moriscos no saldrían perjudicados con esta nueva institución y por tanto tampoco serían sospechosos.


- Di qué consecuencias tuvo el asesinato de Pedro Arbués y quiénes salieron beneficiados y perjudicados con ello.
Con su muerte la Corona y la Inquisición encontraron, posiblemente sin pretenderlo, un inmejorable mártir que permitía en medio de un previo estado de ánimo hostil por parte de las instituciones aragonesas, descalificar a los conversos como conspiradores, vaciar de contenido algunos principios forales en favor de la fe, y dotar de reconocimiento y legitimidad al tribunal.

sábado, 1 de noviembre de 2008

Fray Bartolomé de las casas

1ºIndica que tipo de texto es.
Es un texto histórico de contenido político y social, en el cual expone unos hechos por el gobierno de las Indias.

2º Indica quién es el autor y da una breve biografía suya.
El autor de este escrito es Fray Bartolomé de las casas.
Nació en Sevilla el año 1484. En 1502 siguiendo los pasos de su padre, que había participado en el segundo viaje de Colón, llega a La Española, y recibe una encomienda que administra. Es ordenado como sacerdote en 1510, y en la primavera de 1512 viaja a Cuba como capellán de Pánfilo de Narváez; en 1514 recibe otra encomienda donde los indios trabajaban en la minería pero, paulatinamente Las Casas va tomando conciencia de lo injusto que es el sistema. Convencido de que debía «procurar el remedio de esta gente divinamente ordenado», viajó a España y se entrevistó con el rey Fernando el Católico y con el Cardenal Cisneros, quién le nombrará Protector de los indios, en 1516. A la muerte del rey Fernando El Católico, se entrevista con el nuevo rey, Carlos I, que le concedió el territorio de Cumaná (en la actual Venezuela), para que aplicase sus teorías.
Volvió a España en 1520, intentando poner en marcha su encomienda, siempre en contra de la esclavitud de los indios, el proyecto fracasó porque en su ausencia los indios se rebelaron. Desengañado, entró en la Orden de Santo Domingo, quienes por entonces estaban elaborando una reflexión sobre el derecho en la Escuela de Salamanca, criticando muchos aspectos de la colonización de América y entre ellos el sistema de encomiendas. A partir de 1521 se retiró para dedicarse al estudio, y comenzó a escribir su Historia de las Indias.
En 1535 regresa a América donde intenta de nuevo un programa de colonización pacífica en Guatemala, donde obtiene un relativo éxito; vuelve de nuevo a España en 1540 y en Valladolid, visita de nuevo al rey Carlos I. Éste, prestando oídos a las demandas de Las Casas y a las nuevas ideas del Derecho de Gentes difundidas por Francisco de Vitoria, convocó al Consejo de Indias, en las que se conocen como Juntas de Valladolid o Comisión de Valladolid.
Como consecuencia de lo que se discutió, se promulgaron el 20 de noviembre de 1542 las Leyes Nuevas. En ellas se prohibía la esclavitud de los indios y se ordenaba que todos quedaran libres de los encomenderos y fueran puestos bajo la protección directa de la Corona. Se disponía además que, en lo concerniente a la penetración en tierras hasta entonces no exploradas, debían participar siempre dos religiosos, que vigilarían que los contactos con los indios se llevaran a cabo en forma pacífica dando lugar al diálogo que propiciara su conversión. Esto no resolvió el problema, pero al menos fue un primer intento. A finales de ese mismo año terminó de redactar en Valencia su obra más conocida, Brevísima relación de la destrucción de las Indias, dirigida al príncipe Felipe (futuro Felipe II), entonces encargado de los asuntos de Indias.
Se le ofreció el obispado de Cuzco, importantísimo en aquel momento, pero Las Casas no aceptó, aunque si aceptó el obispado de Chiapas en 1543, con el encargo de poner en práctica sus teorías. Residió allí durante dos años para regresar definitivamente a España en 1547. Durante su obispado en Chiapas residió en la Ciudad Real de Chiapas, hoy llamada San Cristóbal de las Casas en su honor.
Renunció a su obispado y continuó con su labor propagandística a favor de los indios hasta su muerte, lo que le valió ser conocido como el Apóstol de los Indios. En Valladolid, entre 1550 y 1551, mantuvo una polémica con Juan Ginés de Sepúlveda («La controversia de Valladolid») sobre la legitimidad de la conquista de la que salió triunfante éste. Bartolomé de Las Casas murió en Madrid en 1566.
En el año 2000 la Iglesia Católica dio inicio al proceso de beatificación.

3º Indica a quién va dirigido el texto.
Los destinatarios son los miembros del Consejo Real de Indias, órgano consultivo que entendía del gobierno y administración de la Indias, desde 1524 en que fue creado. Lo formaban prelados y nobles así como expertos letrados en Derecho Romano, como el resto de los Consejos, que formaban el sistema de gobierno de la monarquía española durante los siglos XVI y XVII.

4º Señala las circunstancia de la época.
La fecha del Memorial es de 1563-65, en los últimos años de vida de Fray Bartolomé de las Casas, ya en la península donde seguía en la misma línea de la “Brevísima relación”, criticando el incumplimiento de las Leyes Nuevas de Indias. En esta época los monarcas Felipe II, como anteriormente Carlos I, habían reconocido la encomienda como el sistema de colonización y explotación de las Indias, estando en pleno desarrollo la explotación sobre todo de las nuevas minas.

5º Explica los conceptos en rojo.
-Chiapas: uno de los 31 estados que junto con el Distrito Federal conforman las 32 entidades federativas de México. Está localizado en el sureste de México.
-V.A.: Vuestra Alteza.
-Real Consejo de las Indias: El Real y Supremo Consejo de Indias, conocido simplemente como Consejo de Indias, fue el órgano más importante de la administración indiana (América y las Filipinas), ya que asesoraba al Rey en la función ejecutiva, legislativa y judicial.
-las gentes y naturales de las que llamamos indias: personas procedenes de India.
-repartimientos o encomiendas: grupos de indios adjudicados junto con tierras a colonos españoles con el pretendido derecho de hacerles trabajar, aunque mediante un salario, y pretendiendo justificar ese supuesto derecho en la finalidad de cristianizarles y de elevarles a la civilización, que se atribuían como obligaciones al encomendero.

6º Señala las ideas principales.
En la primera parte del texto hace referencia a su conocida posición de defensor de la causa indígena, mencionando también la “justa” posición de la monarquía. Llega a mencionar las rebeliones a que los colonos españoles habían protagonizado para no cumplir las leyes, como la protagonizada por Gonzalo Pizarro para oponerse a las Leyes Nuevas de 1542.
La segunda idea que desarrolla es que la llamada conquista y colonización son actos injustos y son por tanto guerras injustas (ideas que desarrolla también en la primera y segunda conclusión que refleja a continuación).
La tercera idea es una critica las encomiendas y a los encomenderos sobre todo desde el punto de vista moral, los considera en pecado mortal, incide pues en una visión moral o religiosa del problema, no en el aspecto económico o rentable.

jueves, 23 de octubre de 2008

La diáspora morisca

-Lee el siguiente artículo y reume la aventura de los moriscos españoles hasta llegar a Benín.
La historia cuenta que en 1950 un gran ejército con leguna española cruzó las dunas del Sahara con la intención de crear una nueva Andaluscía a orillas del río Niger.
Al mando iba Diego de Guevera, hijo de moriscos acomodados expulsados de España.
El sultán Al Mansour acogió a Diego al que nombró Caïd de la ciudad y, más tarde Pachá del ejército.
Tras ir conquistando todas las aldeas a su paso, su ejército chocó con el reino se Songhay, al que terminaron venciendo, aún siendo 10 veces inferior en número. Ello fue debido a las armas.
Los soldados del Pachá trataron de seguir su conquista hacía el Sur, pero se encontraron con terrenos pantanosos y decidieron volver a Tombuctú.
Casi un siglo antes, a mediados de 1600, la comunidad recibió a nuevos moriscos españoles. Entre estos se encontraban un grupo de africanos mandigas que habían llegado al levante español mediante barcos negreros y que habían sido devueltos. Probablemente, fueron estos los que llevaron a los hombres blancos hasta sus tierras de origen Benín, según Roberto Llorens.

-Busca en la red la presencia de otras comunidades moriscas andalusis en el mundo.
No consigo entrontar nada.

lunes, 20 de octubre de 2008

El mudéjar Patrimonio de la Humanidad




-Indica el año en el que el mudéjar aragonés fue declarado Patrimonio de la Humanidad y los criterios que justificaron esta declaración.
«El 28 de noviembre de 1986 fue inscrita la Arquitectura Mudéjar de Teruel incluyendo en dicha Lista cuatro de sus monumentos más importantes: Torre, Techumbre y Cimborrio de la Catedral de Santa María de Mediavilla; Torre e iglesia de San Pedro; Torre de la iglesia del Salvador y Torre de la iglesia de San Martín.El Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural, propuso a la UNESCO la ampliación a todo el Mudéjar de Aragón. Esta candidatura fue aprobada el 14 de diciembre de 2001 declarando el mudéjar de Aragón como bien singular, universal e irreemplazable para la Humanidad y ejemplificando dicha declaración en los siguientes bienes: el Palacio de la Aljafería; la Seo del Salvador y la iglesia de San Pablo de Zaragoza; la Colegiata de Santa María de Calatayud; la iglesia de la Asunción de Cervera de la Cañada y la iglesia de Santa María de Tobed.»




-Haz una descripción detallada de un monumento mudéjar de tu localidad e inserta imágenes.
Torre Santa María de Utebo.
Es, con razón, el emblema y orgullo del municipio. Se trata de un monumento sumamente original, muy logrado en su realización estética y modelo para torres posteriores.
Se estaba construyendo en 1543 y la inscripción cerámica que aparece en la propia torre nos ofrece la fecha de terminación por Alonso de Leznes en 1544. Una vez terminada, la torre ha conocido numerosas reparaciones.La torre tiene una estructura interna propia de un alminar árabe, una torre exterior con un machón central (en este caso hueco) en el que se apoyan los peldaños de la escalera.
Dos detalles marcan la excepcionalidad de la torre de Utebo:
La planta mixta
La parte inferior de la torre de Utebo fue diseñada en planta cuadrada, muy sólida. Se introdujo una decoración exterior con una división artificial en varios cuerpos. Este cuerpo exterior estructuralmente es muy sólido, montado sobre un basamento escalonado de ladrillo. En su interior, el basamento alberga una habitación de planta cuadrada cubierta por bóveda piramidal que soporta al machón central hueco de la torre. Sobre esta habitación, en alto, está el verdadero acceso.
Sobre el cuerpo cuadrado se dispone otro de forma octogonal, de amplío desarrollo vertical.

La decoración cerámica de la Torre
Como hemos mencionado antes, s uno de los elementos más característicos. Toda la cerámica de Utebo es la llamada de arista o cuenca, tanto al exterior como en el interior.
Este tipo de cerámica se caracteriza por que, sobre el barro tierno, se imprime un dibujo por medio de un molde de madera, creando unas aristas en relieve que limitan unas superficies que se llenan con óxidos metálicos.Es sumamente original e innovación de la torre de Utebo que se utilice esta cerámica, que hasta entonces sólo se había utilizado en suelos y paredes. El efecto estético al exterior es de un estallido de luz y color.




sábado, 18 de octubre de 2008

Carta puebla concedida por Alfonso I de Aragón

Comenta el texto indicando:
-Qué tipo de texto es (jurídico, historiográfico, literario, religiosos, etc).
Es un texo jurídico, debido a que el autor es Alfonso I de Aragón un rey y por tanto, en en el texto trata sobre leyes y derechos.

-Quién es el autor (da una breve biografía).
El autor es Alfonso I de Aragón, denomindao el Batallador, y que también era rey de Pamplona. Nació en 1034 y murió en 1134.
Sus primeros años los pasó en el monasterio de Siresa, (Valle de Hecho, Huesca), formándose en «letras» y arte militar.
Siendo infante, Alonso Sánchez (como consta en diferentes documentos) se formó en las tareas de gobierno como señor de Biel, Luna, Ardenes y Bailo.
Alfonso no estaba destinado a ser rey, ya que era hijo de un segundo matrimonio de su padre el rey Sancho Ramírez, pero una serie de hechos hicieron que murieran, primero su padre en 1094 y luego en 1104, Pedro I, el hijo que aquel tuvo con su primera mujer, Isabel de Urgel. A su vez Pedro I se había quedado sin herederos, pues había perdido a sus dos hijos: Isabel (1103) y Pedro (1104, casado con María Rodríguez, hija del Cid).
Conquistó Zaragoza en 1118 y la convirtió en capital de su reino. Más tarde recuperó Calatayud, Tudela y Tarazona, entre otras ciudades. En 1120 derrotó en la batalla de Cutanda al ejército musulmán que trataba de reconquistar Zaragoza. Legó sus reinos a las órdenes del Temple y del Santo Sepulcro.
Por lo tanto, Alfonso llegó al trono soltero y mayor de 30 años, sucediendo a su hermanastro Pedro I (rey de Aragón y de Pamplona, 1094-1104). Durante el reinado de Pedro I destacó como militar, valiente y buen estratega, dirigiendo bien el ejército y yendo al frente.
En los 30 años que duró su reinado duplicó los límites del Reino de Aragón.

-Quiénes son los destinatarios.
Los cristianos mozárabes.

-En qué fecha se sitúa (indica las circunstancias de la época).
1126.Llevó a cabo una incursión militar contra Granada (el objetivo era implantar un principado cristiano allí) y Córdoba, campaña de la que se trajo consigo más de 10.000 mozárabes y un gran botín.

- Explica los términos y frases en rojo.
Alfonso: es el emisor de la carta, Alfonso I de Aragón.
Carta: es un medio de comunicación escrito que un emisor (remitente) envía a su receptor (destinatario). En esta carta se exponen una serie de agradecimientos y a continuación algunas normas y leyes.
Mozárabes, a los cuales yo saque con el auxilio divino, del poder de los sarracenos y conduje a tierras cristianas: cristianos que viven en territorio musulmán. En este texto los mozárabes son los receptores, y son estos los que son liberados por Alfonso.
Seáis: se refiere a los mozárabes.
Villas: es un trozo de tierra delimitado y que en este caso son dados a los mozárabes por Alfonso.
No daréis lezda: lezda son los impuestos y les da a los mozárabes el derecho de no pagarla.
Ni haréis hueste ni cabalgada: otro derecho por el cual no tienen que luchar en guerras ni en conflictos.
Tendréis todos vuestros juicios en vuestra puerta: en este caso, no es un derecho sino una ley, ya que habrán de ser juzgados como cualquier otro ciudadano.
Maravedís: es la moneda de esa época.

-Indica la estructura del texto.
Hay un introducción y un desarrollo, ya que no puede haber un final debido a que el texto está incompleto, y por ello hay puntos suspensivos.
En la introducción que la he delimitado de la línea 1 a la 3, comenta a quién va dirigida el texto y explica como gracias al auxilio divino les condujo hacía tierras cristianas.
Y por este motivo da los siguientes derechos y leyes que serín la parte del desarrollo y que van desde la línea 3 hasta el final.

viernes, 17 de octubre de 2008

Lee el texto y:
a) Haz un esquema de los privilegios que concede su fuero a los zaragozanos.
Privilegios:
De protección
-Derecho de castigar e ignorar en Zaragoza a aquellos que produzcan daño.
-Derecho de no dejarse forzar por ningún hombre, sino que en este caso todos a una le destruyan sus casas y todo lo que tenga en Zaragoza y fuera de Zaragoza.

De actividad
-Derecho de talar y recoger leña en los sotos que se extienden desde Novellas hasta Pina, salvo en determinados árboles.
-Derecho de pastos en forma muy general.
-Derecho de pescar en las aguas del área indicada.
- Derecho de carboneo y recogida de piedras y yeso.
-Derecho de comprar vino y alimentos en tierras del rey.

Jurídico
-Derecho a comparecer en juicio sólo dentro de Zaragoza, adonde también ha de acudir el que quiera prendarles.
-Derecho a que el juicio se realice ante vecinos y ante el justicia nombrado por el rey.
-Derecho a que el contrario no pueda ir representado en juicio por persona poderosa.
-Exención de lezdas y derechos salvo en los puertos que se señalan.
-Imposición de multa al que intente realizar daño, aparte de tener que enmendarlo con la novena parte.



b) En el capitulo 11 de la novela La catedral del Mar se cita un privilegio similar en Barcelona. Indica que características tienen en común ambos privilegios.
Cuando alguien maltrataba a algún ciudadano o atacaba los derechos de laciudad, se denuncia, y si las autoridades consideran que lo que se denuncia es cierto, entonces se convocaba la host bajo de Sant Jordi. Los hombres de las cofradías sacaban sus pendones y los cofrades se reunían a su alrededor para acudir a la batalla.Si el veguer daba el visto bueno a la llamada, lo hacía en nombre de la ciudad pero también en el del rey, por lo que nunca había que pelear contra las tropas reales. Siempre dependía de quién fuera el agresor, pero en cuanto algún señor feudal veía que se aproximaba la host de Barcelona, acostumbra a plegarse a sus requerimientos. Había batalla según lo que decidían las autoridades y la postura del señor.

jueves, 16 de octubre de 2008

Comentario del mapa

1º Dale un título.
Mapa de la Repoblación de la península.


2º Explica cada una de las leyendas, explicando en qué consiste ese sistema de repoblación, en qué época se da, bajo qué circunstancias históricas y qué territorios ocupan.

Presura: era el nombre que recibía una modalidad de repoblación de la Península Ibérica en la época de la Reconquista, basada en el Derecho Romano. Se llamaba así puesto que se entregaban las tierras al primero que las roturase, otorgando a continuación el rey un documento de propiedad. s.VIII-X Ocupan la actual Galicia, parte de Portugal, hasta Oporto, la parte superior de Castilla y León, la parte superior de Aragón exceptuando el territorio de Jaca, y Cataluña.

Repoblación concejil: Siglo XI. Se trata de zonas no despobladas, habitadas por población que permanecía asentada en la denominada "Tierra de nadie". Cada municipio formado se asignaba a un Alfoz al que se le concedían unos fueros. Ocuparon un pequeña parte de Portugal, incluyendo Coimbra, la parte inferior de Castilla y León junto con Madrid, la parte inferior de Aragón y una pequeña parte de Cataluña.


Órdenes militares: creadas en principio para contribuir a la defensa. Mitad del siglo XIII. Ocuparon la mayor parte de Portugal junto con Lisboa, la mayor parte de Castilla de la Mancha, y un pequeño trozo de la Comunidad Valenciana.


Repartimientos: Sistema de repoblación del territorio conquistado, que consistía en repartir casas y tierras entre los que habían participado en su conquista.
Segunda mitad del siglo XIII. Ocuparon la parte inferior de la península llegando a Valencia, pero sin conquistar Granada, ni Almería, ni Málaga.

lunes, 6 de octubre de 2008

Hispania Romana

1.-Escribe aquí las respuestas correctas del test de repaso.
1. Cesaraugusta tiene entidad jurídica de colonia.
2. El Convento jurídico cesaragustano es una división de rango menor a la provincia.
3. ¿Qué diferencia existía entre colonia y municipio?La colonia tenía una fundación ceremonial como la de Roma y sus habitantes eran ciudadanos romanos.
4.¿Qué hecho se producirá a partir del siglo III?Una crisis y una progresiva ruralización en todo el imperio.
5.¿Por qué son importantes las comunicaciones?Porque sirven para consolidar la penetración romana.
6.El foro era la plaza principal de una población donde estaban sus edificios más importantes.
7. Di qué afirmación sobre las termas de las siguientes no es cierta: Las termas siempre son edificios públicos.
8. En las ciudades, los miembros que pertenecían a la curia local eran los decuriones
9. La principal característica de la religión romana es su politeísmo.



2.-Di a qué provincias romanas perteneció Cesaraugusta a lo largo de todo el periodo romano.
Alcalá de Henares (Madrid) en el interior, Oyarzun (Guipúzcoa) y Pamplona por el norte, Tricio (La Rioja) por el oeste y Lérida por el este.



3.-Indica quienes fueron los bagaudas y en qué siglo se ubican.
Término con que se designan los movimientos de rebeldía por campesinos y esclavos contra el orden establecido por Roma, registrados en la Galia y en Hispania entre los siglos II y V.



4.-Di qué jefe godo conquistó Cesaraugusta y en qué año.
En el 472 quedó Caesaraugusta incorporada a la monarquía goda. Un ejército, al mando del conde godo Gauterico, penetró en Hispania por Pamplona y ocupó Caesaraugusta y otras ciudades cercanas. No hubo resistencia a la ocupación, ya que Eurico vino a sustituir en estas tierras a una autoridad imperial prácticamente inexistente.



5.-Busca en la web y publica el epigrama de Marcial más hardcore que encuentres.
Libro I. Epigrama 64
Eres guapa (lo sé) y joven (es verdad)y rica (¿quién puede negarlo?).Pero cuando te elogias, Fabula, en demasía, ya no eres rica ni guapa ni joven.